Juan Sanz de Señera 1a 1b 2a 3a 4a
| Nombre al nacer | Juan Sanz de Señera |
| Sexo | masculino |
| Edad de defunción | entre 83 years, 6 months, 15 days y 84 years, 6 months, 14 days |
Eventos
| Evento | Fecha | Lugar | Descripción | Notas | Fuentes |
|---|---|---|---|---|---|
| Nacimiento | entre 18 junio 1583 y 17 junio 1584 | Xàtiva |
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5a | |
| Ocupación | de 9 enero 1604 a 20 febrero 1604 | Valencia | Asistió a las Cortes del Reino de Valencia |
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1a 6a |
| Bautismo (Padrino) | 30 agosto 1613 | la Colegiata de Santa María de Xàtiva |
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7a | |
| Bautismo (Padrino) | 17 septiembre 1630 | la Colegiata de Santa María de Xàtiva |
Padrino: Juan Sanz, Señor de Señera Madrina: Teodora Catalá, viuda de Balthasar Tárrega, caballero |
8a | |
| Bautismo (Padrino) | 4 octubre 1649 | la Colegiata de Santa María de Xàtiva |
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9a | |
| Testamento | 8 diciembre 1666 | Donación intervivos a sus sobrinos-nietos de los Señoríos de Benemejís y Señera |
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1b 10a | |
| Testamento | 23 diciembre 1667 | encomendado a Domingo Trobat, notario |
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| Defunción | 1668 |
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| Testamento | 26 diciembre 1668 | publicado en esta fecha por Domingo Trobat, notario |
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3b 3c |
Padres
| Parentesco con la persona principal | Nombre | Parentesco dentro de esta familia (si no es por nacimiento) |
|---|---|---|
| Padre | Nofre Sanz de Benemejís, Señor de Benemejís | |
| Madre | Anna Sanz de Lloris | |
| Hermano | Pedro Sanz de Benemejís | |
| Hermana | Magdalena Sanz de Señera | |
| Hermano | Francisco Joaquín Sanz de Señera | |
| Juan Sanz de Señera | ||
| Hermana | Juana Sanz de Señera | |
| Hermana | María Sanz | |
| Hermano | Cristobal Sanz de Señera |
Familias
|   |   | Family of Juan Sanz de Señera and Potenciana Albiñana |
| Casados | Esposa | Potenciana Albiñana |
Árbol
Ascendientes
Referencias a fuentes
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Pla Alberola, Primitivo: “Benemejís y Señera ante la expulsión de los moriscos”
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- Fecha: 2006
- Página: Página 167
- Confianza: Alto
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Cita:
En su testamento de 1557, D. Francisco Sanz aparece sólo como señor de Benemejis; pero poco después, en 1563, cuando se procede al desarme de los moriscos del reino, ambos señoríos pertenecerán a D. Onofre Benito Sanz (69) hijo y heredero del anterior (70). No he podido fijar la fecha ni las razones de tal anexión; las noticias espigadas me hacen suponer que la hija de D. Ramón Sanz -Dª Ana, que a veces aparece como Sanz de Lloris, por el apellido de su madre, o como Sanz de Sanz- aportó como dote el lugar de Señera en su matrimonio con D. Onofre Benito Sanz. Durante unos años veremos aparecer un único titular de ambos señoríos, el citado D. Onofre, y esperaba que sucediese directamente en ellos el firmante de las cartas pueblas. De ahí mi sorpresa cuando de nuevo me encuentro con señores independientes, D. Onofre y Dª Ana. La explicación es que se había disuelto económicamente el matrimonio, al tener D. Onofre que devolver la dote a su mujer y, con ella, el lugar de Señera (71). Desde entonces Dª Ana Sanz aparecerá como su señora y D. Onofre Sanz como el de Benemejis, hasta que un nuevo señor de este lugar, D. Pedro Sanz, figure como señor de Benemejis en 1590 al contraer matrimonio con Elisabet Ferrer. Debía ser menor, pues en 1595 todavía está bajo la tutela de su madre, Dª Ana Sanz de Lloris, y quizás morir pronto. Ésta, en su último testamento de 28 de agosto de 1597 deja a su otro hijo, D. Francisco Joaquín Sanz, el señorío de Señera y en 1604 se titula también señor de Benemejis.
D. Francisco Joaquín Sanz era el señor de Benemejis y Señera cuando se produjo la expulsión de los moriscos, y de él pocas noticias más podemos aportar. Hijo de Dª Ana Sanz y D. Onofre Benet Sanz, debió nacer en 1581 ó 1582, pues al declarar como testigo el 13 de marzo de 1620 decía tener 39 años, poco más o menos (72) asistió a las cortes de 1604, donde figura con el apellido Sans de Senyera junto a D. Cristófol y D. Joan (73).
69. Manuel DANVILA y COLLADO: «Desarme de los moriscos en 1563». Boletín de la Real Academia de la Historia (Madrid), vol. X (1887), pp. 295 y 303.
70. ARV: ME, 1703, lib. 3, mano 35, ff 18 r°-20 r°.
71. ARV: Real Audiencia, Procesos, 1/A/421. El proceso se alarga entre marzo de 1586 y mayo de 1588, pero desconozco la sentencia.
72. ARV: Real Audiencia, Procesos, 1 /F/1.256, f 12 v°.
73. Lluïsa MUÑOZ ALTABERT: Les Corts valencianes de Felipe III. Universitat de València, Valencia, 2005, p. 96.
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- Fecha: 2006
- Página: Página 168
- Confianza: Alto
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Cita:
En el citado testamento, aparte de unos pocos y pobres legados -con diferencia el más generoso es el de 100 libras al Hospital General de Valencia (76)-, de dejar por su alma 200 libras y de la declaración casi formularia de que se pagasen todas sus deudas, dispuso sobre el destino de sus bienes, distinguiendo entre los libres y los vinculados. Entre los primeros sólo se mencionan los que habían pertenecido a su hija, ya fallecida, Dª María -Ana María en otros documentos-, cuya cuantía y composición desconocemos, y de los cuales dejaba heredero a su hermano D. Juan Sanz de Señera, de forma vitalicia y con la condición de que dispusiese a favor de sus hijos D. Francisco y Dª Luisa Sanz de Señera cuando alcanzasen los 22 años, con matices en los que no podemos detenernos. Los bienes vinculados los dejaba también a su hermano D. Juan y, de morir éste sin hijos, a D. Jerónimo Sanz de la Llosa, hijo mayor de se su hermana Dª Magdalena, ya fallecida. Unas decisiones que no dejan de sorprendernos por varios motivos, ¿disponer de unos bienes vinculados? D. Juan Sanz de Señera protestará cuando se publique el testamento que esa disposición no le causase perjuicio como heredero en el vínculo; ¿por qué no a favor de esos «filis meus naturals molt amats en menor edat constituhits?» quizás porque eran naturales, pero no legítimos, y, por lo tanto, excluidos de la sucesión en los bienes vinculados. D. Juan también aceptará los bienes libres a beneficio de inventario.
El caso es que D. Juan Sanz de Señera fue el titular de ambos señoríos durante largos años hasta que, ya de avanzada edad, el 8 de diciembre de 1666, donó los señoríos de Benemejís y Señera, respectivamente, a sus sobrinos D. Francisco y D. Agustín Sanz de la Llosa. Son los últimos y efímeros momentos de vida como señoríos independientes, pues el 5 de marzo de 1667 D. Agustín Sanz de la Llosa, caballero del hábito de San Juan de Jerusalén, señor de Señera y residente en Játiva, donó a su hermano D. Francisco Sanz de la Llosa y Alboy, señor de Benemejís y también residente en Játiva, el señorío de Señera con todos sus derechos y determinadas condiciones, sobre todo en previsión de conflictos sobre los censales que gravaban el lugar (77).
76. En el codicilo, en cambio, quizás queriendo resolver un problema de conciencia, legó a Rafaela Romana una pensión vitalicia de 20 libras anuales.
77. ARV: Protocolos de Domingo Trobat, 1667, sig. 10.373, ff 194 v°-206 r°. Le siguen las donaciones que, en compensación, hace D. Francisco Sanz de la Llosa y Alboy, titulándose ya señor de Benemejís y Señera, a su hermano D. Agustín Sanz de la Llosa (ibíd., ff 206 r°-223 r°), y la toma de posesión de Señera (ibíd. ff 223 r°-231 r°). En la documentación consultada, ya siempre pertenecerán a un mismo titular ambos señoríos, que se integrarán en un patrimonio cada vez más amplio por el albur de la biología y el cálculo de las estrategias matrimoniales seguidas por esas familias.
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Signatura 27.547: Protocolos de Antoni Valls, 1630
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- Fecha: 9 marzo 1630
- Página: Escrituras de testamento y codicilo de Francisco Sanz de Señera, sin foliar, imágenes 5-8
- Confianza: Muy Alto
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Cita:
Imagen 5-r
Ittem done, dexe y llegue a [...]/ Agumunt y de García, déu lliures m[one]-/da reals de València per los bons [ser]-/vicis que de aquella he rebut./
Ittem done, deixe y llegue a Paul[ina]/ Domingues y de Ferrer, déu lliures mo-/neda reals de València en remuneració/ y paga dels bons cervicis que de aquella/ he rebut./
Ittem done, deixe y llegue al senyor/ archebisbe de la present ciutat de València/ o al bisbe o bisbes del Archebisbat/ o bisbat hon morre cinch sous per qual-/sevol part e porció que en mos bens/ los pertanyga e pertanygen puxa./
Ittem vull e man y es ma voluntat/ que tots los deutes que deixe en una/ memòria que faré y donaré al dit don/ Joan Sans de Sinyera mon germà vull/ que tots aquells sien pagats y si al/Imagen 5-v
[...] penyores en aquella especie/ [...]dores.
[Itte]m per quant en mos bens, drets y herència mia recauen dos maneres de bens lo[...] que son els dits llocs de Benemixix y Sinyera, y la casa que esta situada en la dita ciutat de Xàtiva, els quals aquells estan vinculats per mos avis, així paternals com maternals, en els quals bens està cridat en primer lloc el dit don Joan Sans de Sinyera, germà meu molt amat, y morint aquell sens fills legítims e naturals esta cridat en lo dit vincle lo fill [...] de Doña Magdalena Sans, quondam germana mia, que es don Geroni Sans de la Llosa; y los altres bens y patrimoni me han pertanygut per donar Maria Sans, quondam una filla, i així vull e man que en respecte dels dits lo [...] de Sinyera, y [...] dita cassa que esta situada en la ciutat de Xàtiva y es ma voluntat que en dits bens succesheixca ap[...] de mos dies. -
Cita:
Imagen 6-r
Lo dit don Joan Sans de Sinyera germa meu molt amat en virtut dels vincles aposats com està dit desus en los testaments de mos avis, així paternals com maternals, y en quant menester sia en dits llocs y casa respective fas e[...] lleixch hereu meu propri e universal y en ca[...]a general al dit don Joan Sans, germà meu, y morint aquell quant que quant el dit ad/////////////////////////////////////
Imagen 6-v
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Cita:
Imagen 7-r
que haja de dispondre y disponga [...] de dits bens y hereus mia aixi [...] vius com en última voluntat ab Don Francisco Sans de Sinyora y Doña Luysa Sans y de Sinyera, fills meus naturals molt amats en menor edat constituhits, donant a la hu mes y a l'altre menys conforme aquell voldrà y benvist li sera açò empero entés y declarat que tenint qualsevol de aquells attesa edat de vint y dos anys y voldrà pendre estat tinga obligació dit germà y hereu meu de[...]aren contemplació de matrimoni aut als a quelsevol de aquells tots los bens de la dita mia herència y si a cas la dita dona Luisa Sans de Sinyera, filla mia natural, ans de tenir dita edat de vint y dos any volguès entrar monja en alguna sagrada religió, lo que [...]gue y preguem-li y al dit [...]na y hereu meu le pregue que le amoneste y procure.
Imagen 7-v
En tal cas vull e man que lo dit don Joan Sans de Sinyera, germà y hereu meu, tinga obligació de donar adaquella dot competent per a dita ingrés de monja de alguna sagrada religió. Y que aquells se hajen de contentar y contenten ab lo que dit germà y hereu meu los donara per ben vist li sera per lo molt que de aquell confie y si als dels dits fills meus no es tindra per content de la tal part que lo dit germà y hereu meu li senaylara y donara y per dita rahó li mourà algún plet y qüestió al dit germà y hereu meu, en tal cas al tal fill meu que aixi contravindrà y li mourà pet li done, dexe y llegue ara per lavors y lavor per ara una dobla [...] per qualsevol part y porció de llegitima y altre qualsevol [...] que en mos bens le pertanyga.
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Cita:
Imagen 8-r
E po[...] ner ppuixa, y ab pacte y condició aximateix que lo dit germà y hereu meu haja de alimentar y alimente als dits mos fills de menjar, vestir y calçar conforme sa calitat fins tant aquells prenguen estat com esta dit dessus. Y per los respectes a mi ben vistos és ma voluntat y vull e man que faltant [...] a la des[...]ia dels dits mos fills legitima y natural y de llegitima y mal matrimoni nata y procreada en [...]as de tots los dits bens, drets y herència mia vull e man, y és ma voluntat que s faça y funde una administració per a que de tot lo procehit de dita mia herència se converteixca en fer, dir y celebrar misses de requiem per ànima mia dels meus y de dit [...]
Imagen 8-v
[...] ls de funets celebrades en les iglesies de la dita ciudad de Xàtiva a hon lo administrador meu davall nomenador voldrà y ben vist li fera volent aixi mateix que ningú dels dits mos fills y dels successors de aquelles en dits mos bens, dret, herència no puguen vendre alienar ni transportar ninguns de dits bens y si acas alguns de dits bens y herència mia fosen venuts y transportats la tal venda y alienació sia de ningun effecte. Volent aiximateix que lo dit hereu y germà meu reparteixca com dites dessus [...] los dits mos fills tots los dits bens, dret y herència mia donant alahumes y a l'altre menys [...] dit [...] y la part y porció que le [...]bre a cada hu de dits mos fills respective lo vincle y perpetuum entre/
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Capítulo de la Colegiata de Xàtiva: Libro Mayor de Censos de todas las menzas de 2ª Clacc. - mayo-agosto (lib. 3015)
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- Página: Folio 13
- Confianza: Alto
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Cita:
Don Ramón Sanz de Señera, cargador del censal, otorgó testamento ante Miguel de Valencia, notario, el 10.08.1574. Se publicó el 14.07.1578. Designa heredera a Doña Ana Sanz y de Sanz, su hija.
Posteriormente, Doña Ana Sanz, mediante testamento otorgado ante Jaume Loret, notario, el 28.07.1597, y publicado el --- designa como heredero a Don Francisco Sanz, su hijo y de Don Nofre Benet Sanz.
Posteriormente, dicho Don Francisco Sanz designa como heredero a Don Joan Sanz de Senyera, su hermano, haciendo la salvedad de que disponga a favor de Don Francisco Sanz de Senyera y Doña Luisa Sanz de Senyera, “mis hijos naturales”, según escritura recibida por Antoni Valls, notario de Valencia, el 9 de marzo de 1630.
Don Joan Sanz, Sr. de Senyera y Benimixix, firma una concordia con el Ilustre Capítulo y otros acreedores, mediante escritura otorgada ante Gaspar Enrrich, natario de Valencia, el 11.03.1654, registrada en la mano 14 de Mandatos y Empares de la curia de la Ciudad de Valencia correspondiente al año 1654, folio 27.
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- Página: Folio 235
- Confianza: Alto
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Cita:
Pere Albiñana, en su último testamento otorgado ante Frances Porta, notario, el 15.01.1589 y publicado por dicho notario el 14.06.1591, designó como heredero a Joan Battiste Albiñana, su hijo.
Posteriormente, Joan Battiste Albiñana, en su último testamento, otorgado ante Frances Porta, notario, el 28.10.1608 y publicado por dicho notario el 24 de diciembre de dicho año, designó como heredera a Geronima Real de Albiñana.
Posteriormente, dicha Geronima Real de Albiñana, en su último testamento, otorgado ante Frances Porta, notario, el 2.05.1612 y publicado por dicho notario el 17.10.1616, designó como heredera a Doña Isabel Albiñana de Ferrer, a Doña Betriu Albiñana de Fenollet y a Doña Potenciana Albiñana de Sanz.
Doña Isabel Albiñana de Ferrer, mediante su último testamento otorgado ante Anthoni Joan Truxillo, notario, el 5.03.1658 y publicado por dicho notario el día 23 de ese mes y año, designó herederas a Doña Betriu Albiñana de Fenollet y a Doña Potenciana Albiñana de Sanz.
Éstas transportaron un censal parte de esa herencia a Don Joan Sanz de Sinyera mediante escritura otorgada ante Frances Thomas, notario, el 25.09.1659.
Posteriormente, Don Joan Sanz de Sinyera, mediante su último testamento, hecho de su propia mano y encomendado a Domingo Trobat, notario, el 23.12.1667 y publicado por dicho notario el 26.12.1668, nombró Administrador de todos sus bienes a Fray Don Agustín Sanz.
Posteriormente, Don Fray Agustín Sanz renunció a dicha administración en poder del Oficial eclesiástico de Malta.
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- Página: Folio 238
- Confianza: Alto
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Cita:
El Dr. Juan Battiste Albiñana, mediante testamento otorgado ante Frances Porta, notario, el 25.10.1608, designó por heredera a Geronima Real de Albiñana, su mujer, que había de disponer de sus bienes entre sus hijas.
Mediante escritura otorgada ante Frances Porta, notario, el 7 de julio de 1612, Geronima Real de Albiñana transportó un censal a Don Juan Sanz de Sinyera, su yerno, como pago por la dote de Doña Potenciana Albiñana de Sanz, su hija.
Don Juan Sanz de Sinyera y Benimixix, mediante testamento escrito por otro y firmado de su propia mano el 7.01.1666 y encomendado a Domingo Trobat, notario, el 21 del mes de diciembre de 1667 y publicado el 21 de dicho mes de diciembre, designó como heredero a su alma y nombró Administrador a Don Agustín Sanz, caballero del hábito de San Juan.
Mediante escritura otorgada ante Juan Vega, notario, el 15.06.1669, fray Don Agustín Sanz, caballero del hábito de San Juan, renunció a dicha administración en poder del Oficial eclesiástico de Malta.
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Ducado de Fernán Nuñez: Árboles genealógicos de la familia Sanz
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- Fecha: 1590
- Página: Genealogía de la Casa de Benemejís
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OM-CABALLEROS_MONTESA,Exp.389: Expediente de Pedro Roca y Ripoll para el hábito de Montesa
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- Fecha: 19 junio 1667
- Página: Declaración de Don Juan Sanz de Señera como testigo, folio 13
- Confianza: Alto
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Cita:
El testigo Don Juan Sanz de Señera, era natural de Xàtiva y dijo tener 83 años de edad.
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Lluïsa MUÑOZ ALTABERT: Les Corts valencianes de Felipe III
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- Fecha: 2005
- Página: p. 96
- Confianza: Alto
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Parroquia de Santa María de Xàtiva: Libro de Bautismos 12 (1612-1622)
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- Fecha: 30 agosto 1613
- Página: Folio s/n, imagen 11
- Confianza: Muy Alto
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Cita:
Nota de Mamen Enriquez Sánchez-Gómez, que es la persona que fotografío e indexó el correspondiente libro sacramental donde se inserta esta partida:
"En el libro sacramental, la partida que precede a ésta tiene fecha 29 de julio y la que le sigue tiene fecha 4 de agosto".
"La partida de bautismo de Francisco Sans está fechada en agosto de 1613, o al menos eso es lo que pone dicha partida, aunque esté al final del mes de julio y antes del principio del mes de agosto [la partida de 4 de agosto referida antes]."
"En la plana se ve: en el folio de la derecha una partida del 21 de agosto del 1613 seguida de otra del 31 de agosto del 1613. Entre medias hay un espacio donde se ve una letra A. Creo que en ese espacio el párroco hubiese querido poner la partida del 30 de agosto, pero al ver que no le cabía el texto, opto por realizar el asiento antes de la primera del mes de agosto, donde posiblemente hubiese dejado un espacio en blanco tras finalizar el mes de julio".
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Parroquia de Santa María de Xàtiva: Quinque Libri 13 (1622-1631)
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- Fecha: 17 septiembre 1630
- Página: Folio 159
- Confianza: Muy Alto
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Parroquia de Santa María de Xàtiva: Quinque Libri 15 (1640-1654)
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- Fecha: 1649
- Página: Folio 124
- Confianza: Muy Alto
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Lluís Cerveró: Fichero genealógico de Lluís Cerveró
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- Fecha: 10 agosto 1574
- Página: ARV, Clero, lib. 3015, f. 13r
- Confianza: Alto
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Cita:
(10.08.1574) Don Ramon Sans de Senyera otorgó testamento ante Miguel de Valencia, notario. En dicho testamento, publicado el 4 de abril de 1578, designa heredera a su hija Doña Ana Sans y de Sans. Posteriormente, dicha Ana Sans en su testamento otorgado ante Jaume Loret, notario, el 2 de julio de 1597, designa como heredero a Don Francisco Sans, su hijo y de D. Nofre Benet Sanz. Posteriormente, dicho Don Francisco Sans deja como heredero a su hermano Don Juan Sans de Senyera, salvo en lo relativo a los bienes que hayan de disponer Francisco Sans de Senyera y Dª Luisa Sans de Senyera, hijos suyos naturales, según acta recibida por Antoni Valls, notario, el 2 de marzo de 1630. Posteriormente, dicho Joan Sanz de Senyera hizo donación del pueblo de Senyera a Fr. Agustín Sanz, del hábito de San Juan, su sobrino, según acta recibida por Domingo Trobat, notario, el 8.12.1666. Don Juan Sans de Senyera hace donación de Benemexis dicho día y año a D. Francisco Sans de la Llosa y Alboy, su sobrino. Posteriormente, Don Agustín Sans, del hábito de San Juan, dona Siniera a Francisco Sans de la Llosa y Alboy, Sr. de Benemixis, el 5 de marzo de 1667.
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